martes, 5 de febrero de 2013

Stephania castillo


Medidas de seguridad que deben cumplir los antros

1. Instalación de cámaras de videovigilancia y arcos detectores de metales.

2. Evitar la discriminación.

3. Brindar a los clientes información de ubicación y números telefónicos de sitios de taxis

4. Prohibir la barra libre

5. Evitar que se registren aglomeraciones en los locales

6. Dar dos horas gratis a los usuarios de los estacionamientos de los antros.

7. Que siempre haya un médico de guardia.

8. Que no estén ubicados en zona habitacional.

9. Vigilar la seguridad de los usuarios

10. Contar con elementos de seguridad capacitados por la Secretaría de Seguridad Pública capitalina.

11. Implementar programas con el gobierno de la ciudad que disuadan la conducción de vehículos bajo los influjos del alcohol.

12. Equipos y sistemas tecnológicos privados al sistema que instale la SSP local.

13. Participar en programas sobre los riesgos relacionados con el consumo de alcohol y el uso del servicio de transporte público colectivo e individual en horario nocturno que establezca el GDF.
14. De domingo a miércoles el horario de funcionamiento y venta de bebidas será de una hora menos, de jueves a sábado podrán cerrar hasta las 05:00 horas
15. En caso de rebasar los límites permitidos de alcohol en la sangre, los consumidores serán conminados por el representante del establecimiento a no conducir su vehículo, pero si éste insiste en conducir, se dará aviso a las autoridades correspondientes.

16. Contar con un seguro de responsabilidad civil.

17. No rebasar el aforo máximo de cuatro personas de pie o dos personas sentadas por metro cuadrado para evitar aglomeraciones.

18. Instalar aislantes de sonido.

19. La delegación ordenará a personal autorizado por el Instituto de Verificación realizar las visitas de verificación ordinaria y extraordinaria.

20. Los giros de impacto zonal, por no cumplir los horarios permitidos o no cumplir con las medidas de seguridad a los que están obligados, recibirán sanciones de 351 a 2 mil 500 días de salario mínimo general vigente en el DF.

21. En caso de falsificar información recibirán multa de 15 mil a 25 mil salarios mínimos y se procederá a la clausura permanente, incluso la autoridad correspondiente podrá dar vista al ministerio público.

22. Los legisladores incorporan la corresponsabilidad de los dueños y socios de los establecimientos; es decir, lo que suceda al interior de uno de esos locales tendrá vinculación para con los dueños de todos estos espacios.

23. Los dueños de los antros o llamados 'giros negros' serán responsables de que al interior de sus negocios no se venda alcohol adulterado o drogas, ni se permita la prostitución.

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